sábado, 5 de agosto de 2006

La Secretaría de Derechos Humanos y el Derecho a la Vida

Los últimos días, se ha instalado en la opinión pública el recurrente tema del derecho al aborto. Al respecto, las diputadas por el Frente para la Victoria, Diana Conti y Graciela Rosso formalizaron el pedido de Jury de enjuiciamiento contra la jueza Siro, quien en uso de sus atribuciones, y en defensa de un inocente e indefenso niño, prohibió la realización del aborto a una joven discapacitada.

Carmen Argibay, miembro de la Corte Suprema de Justicia, en una descalificación indirecta de la conducta de la jueza, dijo que habría que echar de la justicia a quienes juzgan de acuerdo con sus creencias. En la misma línea se expidieron algunos legisladores de Chubut, para quienes la jueza habría privilegiado sus convicciones religiosas por sobre la tipificación de un delito penal.

Días atrás, a raíz de una entrevista con el Dr Luis Duhalde, el Secretario de los Derechos Humanos me obsequió un libro muy interesante: “la República Argentina y los Instrumentos Jurídicos Internacionales sobre Derechos Humanos” (Edición Mayo de 2006).

En su página 194, al referirse a la Convención de los Derechos del Niño, el documento afirma que Argentina “entiende por niño a todo ser humano desde el momento de su concepción hasta los 18 años de edad”. Entonces cabe preguntarse: ¿Quién obra de acuerdo a sus creencias y quién de acuerdo a la Ley?. Al parecer, algunas diputadas y algunos jueces tendrían que repasar un poco lo que está escrito en la ley positiva. Especialmente, la señora Conti, quien si mal no recuerdo, se desempeñó como Secretaria de Derechos Humanos, cuando dicha convención ya era ley en Argentina.

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